Novedades de la declaración de la renta
La campaña de renta 2016 comienza el próximo día 5 de abril para la presentación telemática y el 11 de mayo para la presentación presencial. Los contribuyentes pueden seguir presentando las declaraciones físicamente en sus delegaciones y entidades bancarias o bien telemáticamente, pudiendo descargar el borrador, revisarlo, corregirlo y presentarlo a través de internet.
Vamos a resumir brevemente algunos de las novedades a tener en cuenta en la declaración de la Renta.
Adiós al programa Padre y al simulador de renta.
Una de las principales novedades de este año es la desaparición del conocido programa Padre que ha sido sustituido por una aplicación online denominada Renta Web, que ya se puso en marcha el año pasado para la mayoría de los contribuyentes, a excepción de los declarantes de actividades económicas.
A este sistema se accederá a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, para ello habrá que identificarse de manera habitual (DNI electrónico, clave y número de referencia).
También se ha eliminado el simulador de renta, tan útil para anticipar el resultado de la declaración, permitiendo la optimización del mismo.
Modelos 121 y 122 para Familias Numerosas
Los contribuyentes beneficiarios de la deducción 1.200 euros por familia numerosa deben presentar estos modelos si se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
Si un contribuyente no obligado a presentar declaración va a ceder el derecho a la deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo debe presentar el modelo 121.
Si el contribuyente no obligado a presentar declaración ha percibido indebidamente esta deducción de manera anticipada debe presentar el modelo 122 para regularizar su situación.
Compensación en la base del ahorro
La reforma fiscal de 2015 introdujo la posibilidad de compensar los rendimientos del capital mobiliario que integraban la base del ahorro con las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisión de elementos patrimoniales. Para este año se sitúa en un 15%.
No olvide que para presentar su declaración tiene hasta el 30 de junio de 2017, si el resultado sale a ingresar y quiere domiciliar el pago, el plazo se reduce hasta el día 26 de junio